I. Validez de las Condiciones Generales de Entrega y Venta
Todas las transacciones comerciales actuales y futuras con RUBBLE MASTER HMH GmbH, Im Südpark 196, 4030 Linz, FN 316865 d, (en lo sucesivo, el "Proveedor"), se regirán exclusivamente por las siguientes Condiciones Generales de Entrega y Venta. Estas condiciones se aplicarán también a todas las transacciones futuras, incluso si no se hace referencia explícita a ellas, y abarcan todos los productos y servicios suministrados por el Proveedor (denominados en lo sucesivo"Productos RM").
Las presentes Condiciones Generales de Entrega y Venta del Proveedor están destinadas principalmente a regular las transacciones legales entre empresas. Si, en casos excepcionales, también se aplican a las transacciones legales con consumidores de conformidad con la Sección 1 de la Ley Austriaca de Protección al Consumidor (KSchG), sólo se aplicarán en la medida en que no entren en conflicto con las disposiciones de la primera sección principal de la Ley de Protección al Consumidor.
Las cláusulas contractuales que difieran o complementen las presentes Condiciones Generales de Entrega y Venta -en particular, las condiciones de contratación del comitente (en lo sucesivo, el "comitente")- no se reconocerán y sólo se aplicarán si el contratista las ha acordado explícitamente por escrito. Esto se aplicará incluso si el contratista, teniendo conocimiento de tales condiciones divergentes o complementarias, procede a la entrega al comitente sin reservas.
II. Propuestas y presupuestos
Todas las propuestas y presupuestos (de costes), así como las descripciones técnicas en folletos, anuncios o en el sitio web del contratista, no son vinculantes y sirven únicamente como base para la elaboración de una propuesta. El Proveedor no asume responsabilidad alguna por la exactitud de la estimación de costes.
Las propuestas del Proveedor se presentan siempre por escrito y no son vinculantes. Por lo general, las ofertas y los presupuestos son gratuitos; no obstante, el Proveedor se reserva el derecho a cobrar una tarifa adecuada por las ofertas o presupuestos si posteriormente no se realiza ningún pedido de Productos RM.
Un contrato de Productos RM no se considera válido hasta que el Proveedor haya emitido un acuse de recibo del pedido por escrito o se hayan entregado los Productos RM solicitados. Las modificaciones, adiciones o acuerdos complementarios también requieren la confirmación por escrito del Proveedor.
Las confirmaciones de pedido enviadas por el Proveedor deben ser revisadas inmediatamente por el Cliente, firmadas y devueltas al Proveedor en un plazo de 7 días desde su recepción. Si no se recibe ninguna objeción por escrito en un plazo de 7 días a partir de la entrega, la confirmación del pedido se considerará correcta y completa, aunque no haya sido firmada y devuelta.
III. Precios y condiciones de pago
Salvo que se acuerde explícitamente lo contrario, los precios del Proveedor se indican en EUR, netos, entrega Ex works (dirección del Proveedor), excluyendo embalaje, carga, descuentos e IVA legal, más los aumentos de precio resultantes de mayores costes de fabricación (por ejemplo, costes de material, salarios, gastos generales, etc.) entre la fecha del pedido y la entrega. Si las listas de precios del Proveedor cambian entre la fecha del pedido y la entrega, se aplicarán los precios válidos en la fecha de entrega, siempre que el Proveedor no sea responsable de ningún retraso en la entrega.
Todos los costes adicionales (costes de transporte, costes de seguro de transporte, costes de carga, costes aduaneros, costes de instalación y montaje, costes de puesta en marcha, costes de permisos oficiales, otras tasas, etc.) correrán a cargo del Cliente, salvo que se acuerde otra cosa.
Salvo pacto en contrario, el precio de compra es pagadero inmediatamente después de la recepción de la confirmación del pedido y, en cualquier caso, antes de la entrega, libre de gastos o deducciones.
Si el comitente se retrasa en el pago (parcial) acordado, el contratista tiene derecho a cobrar intereses de demora conforme al artículo 456 del Código de Comercio austriaco (UGB).
Esto no afecta al derecho del contratista a reclamar otros daños y perjuicios por incumplimiento. Cualquier acuerdo relativo a descuentos quedará sin efecto en cuanto se retrase el pago o el pago parcial. En caso de demora en el pago, se acuerda el vencimiento inmediato y el Proveedor tiene derecho a rescindir el contacto con efecto inmediato.
IV. Prohibición de compensación y retención
El comitente sólo podrá compensar los créditos con los del contratista si éstos han sido legalmente establecidos por un tribunal o reconocidos expresamente por escrito. Por lo demás, queda excluida la compensación.
El comitente no tiene derecho a retener pagos en virtud de derechos de garantía o de indemnización por daños y perjuicios.
V. Reserva de propiedad
El objeto de compra y sus componentes seguirán siendo propiedad exclusiva del contratista (reserva de propiedad) hasta que se hayan cumplido íntegramente todas las obligaciones (de pago) del comitente en relación con la transacción correspondiente, incluso si ya se han abonado algunos de los pagos de los componentes individuales. Si, como resultado del procesamiento, el objeto de compra pasa a formar parte de un nuevo bien propiedad del comitente, el contratista adquiere la copropiedad del nuevo bien en proporción al valor de la propiedad retenida en relación con el valor del nuevo bien, hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones (de pago) del comitente en relación con el respectivo negocio jurídico.
Mientras exista la reserva de propiedad, queda prohibida cualquier cesión o venta, prenda, transmisión en garantía, alquiler u otro tipo de transferencia del objeto de compra, total o parcial, ya sea a título oneroso o gratuito, sin el consentimiento por escrito del Proveedor. Si el comitente incumple total o parcialmente sus obligaciones de pago, o si se produce un sobreendeudamiento o una suspensión de pagos, o si se ha presentado una solicitud de insolvencia sobre el patrimonio del comitente, el contratista tiene derecho, pero no está obligado, a recuperar el objeto de compra y hacer valer cualquier otro derecho derivado de la reserva de dominio.
El Proveedor tiene derecho, hasta la satisfacción de todas las obligaciones del Cliente en relación con el respectivo negocio jurídico, a retirar y/o retener los componentes necesarios para el funcionamiento del Producto RM, como la unidad de control PLC. Este derecho sigue siendo válido incluso después de que el Cliente haya cumplido con sus obligaciones de entrega y ejecución de conformidad con el punto VII de estos términos y condiciones. El Cliente está obligado, hasta la plena satisfacción de todas sus obligaciones en relación con el correspondiente negocio jurídico, a devolver sin demora los componentes especificados por el Proveedor al primer requerimiento o a permitir que el Proveedor los retire sin impedimentos. El comitente será responsable de las consecuencias negativas o daños que se deriven de la retirada de los componentes, salvo en caso de dolo o negligencia grave por parte del contratista.
En caso de que terceros reclamen la propiedad retenida del contratista, el comitente deberá notificarlo inmediatamente al contratista por carta certificada, facilitarle copias de todas las disposiciones y protocolos relacionados y defender adecuadamente la propiedad retenida del contratista a sus expensas.
Durante la vigencia de la reserva de dominio, el objeto de compra deberá ser asegurado por el comitente, a petición del contratista, por el precio original contra todo riesgo, incluyendo, pero no limitado a, incendio y catástrofes naturales, así como vandalismo y robo. Las pólizas de seguro se harán a favor del Proveedor.
Durante el periodo de reserva de dominio, el comitente está obligado a mantener el objeto de compra en buen estado y a hacer efectuar inmediatamente las reparaciones o servicios necesarios, de acuerdo con el contratista, salvo en caso de urgencia, en talleres de reparación/servicio autorizados por escrito por el contratista.
En caso de reventa, pignoración, cesión en garantía, alquiler o cualquier otra cesión del objeto de compra a terceros, durante la reserva de dominio, que haya sido expresamente aprobada por el Proveedor, el Cliente está obligado a informar al tercero de la existencia de la reserva de dominio y a transferirle todas las obligaciones derivadas de las presentes Condiciones Generales de Entrega y Venta.
En caso de reventa, el comitente cede al contratista todas las reclamaciones futuras, en particular las reclamaciones con derechos adicionales, derivadas de la reventa; el contratista acepta esta cesión. No obstante, el comitente seguirá teniendo derecho a hacer valer los derechos cedidos hasta que el contratista exija la revelación de la cesión. El comitente no está autorizado a ceder otros derechos.
VI. Derecho de rescisión del contratista
El contratista tiene derecho a rescindir el contrato por un motivo importante antes del cumplimiento completo de todas las obligaciones contractuales mutuas. Un motivo importante es, en particular, que se haya iniciado un procedimiento de insolvencia contra el patrimonio del comitente o que se haya desestimado un procedimiento de insolvencia por falta de bienes que cubran los costes. Si el comitente es el causante de la rescisión del contrato por parte del contratista, el contratista tiene derecho a elegir, además de las pretensiones de anulación de la operación, entre reclamar una indemnización a tanto alzado del 15% del importe bruto de la factura o solicitar una indemnización por el perjuicio real sufrido.
VII. Planos, dibujos y otra documentación
Los documentos puestos a disposición por el Proveedor en forma física o electrónica, tales como, en particular, ofertas, propuestas, cálculos, imágenes, dibujos, conceptos, planos, fotos, muestras y otros documentos, siguen siendo propiedad intelectual del Proveedor. Cualquier uso, especialmente la transferencia, reproducción y publicación por parte del comitente, requiere el consentimiento expreso y por escrito del contratista.
El contratista podrá solicitar la devolución de los documentos emitidos por el contratista en caso de no adjudicación del contrato.
VIII. Protección de marcas y directrices de CI
Todos los gráficos, logotipos, iconos, imágenes u otros documentos proporcionados por el contratista al comitente durante las negociaciones o la ejecución del contrato están protegidos por el derecho de autor y/o el derecho de marcas y son propiedad expresa del contratista. El comitente está autorizado a utilizar los gráficos, logotipos, iconos, imágenes u otra documentación que se le entregue únicamente en el marco de las directrices de IC del contratista. El comitente no está autorizado a licenciar, alterar o alquilar los gráficos, logotipos, iconos, imágenes u otros documentos que se le entreguen.
El Cliente no está autorizado a utilizar gráficos, logotipos, iconos, imágenes u otra documentación relacionada con el Proveedor o sus productos, distintos de los proporcionados por el Proveedor.
IX. Plazos de entrega y ejecución de los servicios
Los plazos y fechas de entrega serán respetados por el Proveedor en la medida de lo posible. Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, no son vinculantes y tienen por objeto indicar el plazo de ejecución previsto. Las fechas fijas establecidas por el comitente no serán reconocidas por el contratista a menos que se confirmen expresamente por escrito como fechas fijas en la confirmación del pedido.
Salvo pacto expreso en contrario, los plazos de entrega no comenzarán hasta que el comitente haya efectuado el pago completo.
En caso de una modificación acordada del respectivo contrato, el Proveedor tiene derecho a fijar unilateralmente una nueva fecha de entrega.
El contratista se reserva el derecho a realizar cambios de diseño y forma durante el plazo de entrega.
Quedan excluidas las reclamaciones del comitente por incumplimiento o retraso, salvo que tales circunstancias no se deban a dolo o negligencia grave del contratista.
Por lo general, las entregas y los servicios se realizan en función del modo de transporte acordado entre el Proveedor y el Cliente en el pedido subyacente, el contrato u otros documentos pertinentes, de conformidad con los Incoterms 2020; esto también se aplica a la transferencia del riesgo relacionado con el embalaje y la carga de los Productos RM. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito con el Cliente, las entregas y los servicios serán realizados por el Proveedor Ex works (EXW) de conformidad con los Incoterms 2020.
El riesgo y el peligro, incluida la pérdida accidental, se transfieren al Cliente en el momento del cumplimiento de acuerdo con el modo de transporte acordado de conformidad con los Incoterms 2020. Si el contratista fija un plazo de recogida y el comitente sobrepasa dicho plazo, el contratista podrá facturar los costes adicionales en los que haya incurrido (por ejemplo, gastos de manipulación o almacenamiento). Esto no afectará a la validez de cualquier reclamación posterior por daños y perjuicios.
Cuando, de conformidad con los Incoterms 2020 aplicables, la carga de los Productos RM deba ser realizada por el Proveedor, el Cliente deberá hacer que el Proveedor confirme y libere por escrito la sujeción adecuada de la carga. Si el Cliente no proporciona el equipo adecuado para la recogida, y esto es evidente para el Proveedor, el Proveedor tiene derecho a rechazar la carga y cargar los costes incurridos para preparar la entrega para su recogida.
Si el contratista se ve impedido de cumplir con sus obligaciones, en particular con las obligaciones de entrega y cumplimiento, debido a un caso de fuerza mayor, el contratista quedará liberado de su obligación durante el tiempo y en la medida en que el caso de fuerza mayor impida el cumplimiento de la obligación, y todos los plazos quedarán suspendidos durante este periodo, sin que el comitente pueda hacer valer por ello ninguna reclamación. Un acontecimiento de fuerza mayor es un acontecimiento que el Proveedor no ha podido evitar y que hace que el cumplimiento de sus obligaciones no sea razonable, como, por ejemplo, catástrofes naturales, guerras o disturbios civiles, pandemias/epidemias, órdenes y prohibiciones legales, sanciones de cualquier tipo, huelgas, paros o cierres patronales, interrupciones operativas y otros motivos fuera del control del Proveedor. Esto también se aplica si dichos eventos ocurren con subcontratistas o proveedores del Proveedor.
Si el caso de fuerza mayor dura más de 6 meses, el contratista tiene derecho a rescindir el contrato total o parcialmente, siempre que dicha rescisión por causa de fuerza mayor no suponga obligación de indemnización alguna.
El contratista informará sin demora al comitente de la aparición de un caso de fuerza mayor y, si es posible, le facilitará una estimación de su duración y alcance en cuanto tenga conocimiento de ello.
X. Garantía
El contratista garantiza únicamente las propiedades expresamente garantizadas de sus productos/servicios y las características generalmente esperadas, pero no la idoneidad de los productos/servicios para los fines específicos del comitente.
Para las empresas, se aplica la obligación de notificar los defectos de conformidad con el artículo 377 del Código de Comercio austriaco. El comitente deberá comprobar los defectos visibles de cada entrega y prestación inmediatamente, a más tardar 14 días después de la entrega o prestación, y comunicar por escrito y de forma detallada los defectos sin demora o perderá su derecho a reclamar.
El periodo de garantía para las entregas y prestaciones del Proveedor es de 6 meses a partir de la entrega y comienza con la entrega de la mercancía al Cliente. Las entregas de sustitución o las reparaciones no amplían, suspenden ni interrumpen el periodo de garantía. Quedan excluidas las reclamaciones contra el Proveedor de conformidad con el artículo 933b del Código Civil austriaco (ABGB). La alegación de defectos no da derecho al comitente a oponer la excepción de incumplimiento del contrato ni a modificar las condiciones de pago.
El comitente está obligado a probar la existencia de defectos. No se aplica el artículo 924 del Código Civil austriaco (ABGB).
El comitente está obligado a permitir que el contratista realice una evaluación inmediata de los defectos.
El Proveedor tiene derecho a determinar el tipo de garantía (reparación, sustitución, reducción del precio o rescisión) a su discreción. La reparación se llevará a cabo, a elección del Proveedor, en el lugar de entrega o en las instalaciones del Proveedor.
El Proveedor no se hace responsable de las piezas no fabricadas por él mismo, pero está dispuesto a ceder al Cliente cualquier reclamación que tenga contra el fabricante por defectos.
El periodo de garantía comienza con el cumplimiento del contrato. La garantía expira con la reventa del artículo adquirido por parte del Cliente, si el artículo adquirido ha sido alterado por un tercero o mediante la instalación de piezas de origen extranjero, o si el Cliente no sigue las instrucciones para el manejo del Producto RM (manual y documentación de la máquina).
Las propiedades cubiertas por la garantía de acuerdo con la Sección 922 (1) del Código Civil Austriaco (ABGB) son sólo aquellas que están explícitamente especificadas y garantizadas por el Proveedor. Las descripciones de los productos, los folletos, las especificaciones del proveedor (o de terceros fabricantes), etc., no constituyen propiedades garantizadas.
En los trabajos de reparación, sólo se ofrece garantía para las piezas sustituidas y únicamente dentro del ámbito de la garantía del fabricante o del Proveedor para dichas piezas. No se ofrece garantía para las piezas de desgaste y los Productos RM usados a menos que se acuerde lo contrario por escrito.
XI. Garantía del fabricante
A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el Proveedor ofrece al Cliente (y posiblemente a sus clientes) una garantía del fabricante para los Productos RM seleccionados, además de la garantía especificada en la Sección X. El alcance de esta garantía del fabricante se establece por separado en las Condiciones de Garantía RM.
XII. Indemnización
El Proveedor sólo será responsable de la indemnización en caso de dolo o negligencia grave. En caso de negligencia leve, el Proveedor sólo es responsable de los daños personales. El Proveedor no es responsable de daños indirectos, lucro cesante, pérdida de intereses, ahorros no reclamados, daños consecuenciales o daños materiales. La responsabilidad del contratista expira 6 meses después de que el comitente tenga conocimiento del daño y de su causante, pero, en cualquier caso, en un plazo de 3 años a partir de la finalización del servicio.
El comitente está obligado a probar la culpa del contratista. La exclusión de responsabilidad también se aplica a las reclamaciones contra los empleados, representantes y agentes del contratista, por daños causados por ellos al comitente, sin referencia a ningún contrato entre el comitente y ellos.
Si, en algún caso, se ha acordado una penalización en perjuicio del contratista, ésta está sujeta a reducción judicial; quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios que superen la penalización.
Las reclamaciones de reposición legalmente válidas del comitente se limitan al valor de la suma del pedido (precio de compra del distribuidor) del respectivo pedido.
Si el comitente es un vendedor, se excluye explícitamente el derecho de recurso del comitente conforme al art. 12 de la Ley austriaca de responsabilidad por productos defectuosos (PHG).
XIII. Control de las exportaciones
Todas las entregas y prestaciones contractuales están sujetas a la condición de que no existan obstáculos debidos a leyes nacionales o internacionales de control y sanción de exportaciones. El Cliente está obligado a facilitar toda la información y documentación necesarias para la exportación y el envío. Los retrasos causados por las inspecciones de exportación o los procedimientos de despacho de aduanas de los clientes suspenderán los plazos de entrega y prestación. Si no se expiden los permisos necesarios o no se aprueban la entrega y la prestación, el contrato relativo a las partes afectadas se considerará nulo.
El Proveedor tiene derecho a rescindir el contrato sin previo aviso si el cumplimiento del contrato infringe las leyes nacionales o internacionales de control y sanción de las exportaciones. En caso de tal rescisión, el Cliente queda excluido de reclamar daños y perjuicios o hacer valer otros derechos.
El comitente reconoce que determinados suministros y servicios prestados por el contratista están sujetos a la legislación nacional e internacional en materia de control y sanciones a la exportación. El Cliente se compromete, al transferir productos RM a terceros, tanto a nivel nacional como internacional, en particular en el caso de reexportación (reexportación), a cumplir plenamente las leyes nacionales e internacionales de control y sanción de exportaciones aplicables y a obtener todas las licencias de exportación, aprobaciones, excepciones, permisos, notificaciones, exenciones, autorizaciones, órdenes, registros, declaraciones o clasificaciones de las autoridades u otros organismos gubernamentales, según sea necesario. El Cliente se compromete a proporcionar al Proveedor la información o documentos que se le soliciten para verificar el cumplimiento.
El Cliente informará inmediatamente al Proveedor de cualquier violación real o potencial de las leyes de control de exportaciones o de sanciones relacionadas con los Productos MR.
"Leyes de control de exportaciones y sanciones" se refiere a todas las leyes, directivas, reglamentos o medidas restrictivas relacionadas con una persona sancionada y/o la importación o exportación de bienes, tecnología o servicios, congelamiento de activos o medidas similares promulgadas y/o administradas a nivel mundial, incluyendo, sin limitación, las Naciones Unidas, la Unión Europea, los Estados Unidos de América, el Reino Unido, Japón o cualquier otro país, incluyendo, pero sin limitarse a, la Lista Común Militar de la UE, el Reglamento de Doble Uso de la UE, la Ley de Control de Exportación de Armas de EE.UU., el Reglamento de Tráfico Internacional de Armas de EE.UU., la Ley de Reforma del Control de Exportaciones de EE.UU., el Reglamento de Administración de Exportaciones de EE.UU., la Ley de Poderes de Emergencia Económica Internacional de EE.UU. y leyes posteriores, así como las promulgadas y/o administradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE.UU. o cualquier otra organización internacional.Departamento del Tesoro de EE.UU. o cualquier otra agencia gubernamental estadounidense, y leyes extranjeras similares.
"Persona sancionada" se refiere a cualquier persona física o jurídica de todo el mundo que (i) figure en la lista consolidada de personas, grupos y entidades sujetos a sanciones financieras de la UE mantenida por la Comisión Europea, en la lista consolidada de personas objeto de congelación de activos mantenida por el Tesoro de Su Majestad, o en cualquier lista equivalente mantenida por la autoridad competente en materia de sanciones de un Estado miembro de la UE, el Reino Unido, Japón o cualquier otro país, o que figure en la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas, la Lista de No Proliferación, la Lista de Estados Patrocinadores del Terrorismo, la Lista de Personas Denegadas, la Lista de Entidades, la Lista de No Verificados, la Lista de Inhabilitados, la Lista de Organizaciones Terroristas Extranjeras o en la Lista de Evasores de Sanciones Extranjeras mantenida por la OFAC, el Departamento de Comercio de EE.UU., el Departamento de Estado de EE.UU., la Oficina de Industria y Seguridad de EE.UU., el Departamento del Tesoro de EE.UU. y cualquier otra agencia gubernamental de EE.UU.UU; (ii) sea un gobierno de un territorio sancionado o parte de dicho gobierno; (iii) sea propiedad o esté controlada directa o indirectamente en un 50% o más por cualquiera de las personas mencionadas anteriormente; o (iv) esté ubicada u organizada en un territorio sancionado.
XIV. Recusación por error
El comitente y el contratista renuncian mutuamente al derecho a impugnar cualquier negocio jurídico por error de conformidad con el artículo 871 del Código Civil austriaco (ABGB).
XV. Consentimiento para el contacto electrónico con fines publicitarios
El comitente concede al contratista el derecho a ponerse en contacto con él por medios electrónicos para informarle sobre actividades en curso, próximos eventos, nuevos productos y ofertas actuales mediante boletines informativos u otras medidas promocionales. Este derecho puede ser revocado por el Cliente en cualquier momento de manera informal. Dicha revocación no afectará a la validez de las demás disposiciones de las presentes Condiciones Generales.
XVI. Jurisdicción y ley aplicable
Para todos los litigios derivados de negocios jurídicos entre el contratista y el comitente, incluidos los litigios relativos a la celebración, la validez jurídica, la modificación y la rescisión de dichos negocios, se acuerda la jurisdicción exclusiva del tribunal competente para 4030 Linz, Austria.
Se aplicará el derecho austriaco, con exclusión de las normas de conflicto de leyes del derecho internacional privado austriaco. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
El idioma del contrato es el alemán, salvo pacto en contrario.
Si el Proveedor proporciona al Cliente una traducción de la versión alemana de estas Condiciones Generales, en caso de discrepancias prevalecerá la versión alemana.
XVII. Cláusula de salvedad
En caso de que una o varias disposiciones de estas CGC sean inválidas o pierdan su validez, la validez de las disposiciones restantes no se verá afectada. La disposición inválida será sustituida por otra válida que se aproxime lo más posible a la finalidad jurídica perseguida por la cláusula ineficaz.